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Volver a la página de inicio Técnicamente, una propiedad rural o predio rústico es aquella extensión de tierra ubicada fuera de los límites urbanos definidos por los planes reguladores. A diferencia del suelo urbano, estos terrenos conservan una vocación agrícola, ganadera o forestal, lo que les otorga una normativa y características tributarias distintivas. Sin embargo, en la actualidad, el concepto ha evolucionado hacia las "Parcelas de Agrado" o proyectos de conservación, donde el objetivo principal es la habitabilidad sustentable y el descanso, sin perder la aptitud natural del suelo.
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